Comprender estos pasos es esencial para evitar malentendidos y riesgos innecesarios.
El proceso normalmente comienza con una oferta o carta de intención, que describe los términos comerciales de la transacción. Aunque no siempre es legalmente vinculante, establece expectativas y sirve como base para redactar la Promesa de Venta.
La Promesa de Venta es un contrato vinculante bajo la ley dominicana. Establece el precio de compra, el calendario de pagos, las condiciones precedentes, el período de debida diligencia, las penalidades y las obligaciones de cierre. Este acuerdo es donde se negocian y formalizan las protecciones del comprador.
Después de la firma de la Promesa de Venta, el comprador normalmente deposita los fondos en una cuenta de depósito en garantía (escrow). Aunque el escrow no es obligatorio por ley, es ampliamente considerado una buena práctica, especialmente en transacciones que involucran compradores extranjeros o desarrollos en planos.
Durante el período de debida diligencia, se realiza la verificación legal. Una vez que se cumplen todas las condiciones, las partes proceden al cierre, donde se firma la escritura definitiva de venta ante un notario dominicano. Se pagan los impuestos de transferencia y la transacción se somete al Registro de Títulos para la emisión del nuevo Certificado de Título.
Cada uno de estos pasos cumple un propósito legal. Omitirlos o apresurarlos a menudo conduce a disputas, retrasos o pérdida de poder de negociación.



